Las Facultades de Medicina y Ciencias Jurídicas y Sociales realizaron el conversatorio denominado “Eutanasia: Contenidos del Proyecto de Ley en Curso. Perspectivas jurídicas, médicas y éticas”. La jornada fue encabezada por la Decana Carmen Luz Parra y su par Hernán Monasterio y las ponencias estuvieron a cargo de Mirentxu Busto, psicóloga clínica; Sergio Sánchez, médico y especialista en salud pública; y Belisario Prats Palma, abogado y profesor investigador de la Universidad Pedro de Valdivia, quienes analizaron la temática desde la perspectiva de las ciencias médicas, la psicología, la filosofía y el ordenamiento jurídico.
Desde el punto de vista de la medicina y la psicología, los especialistas invitados expusieron sobre los problemas que genera la actual legislación chilena al prohibir la eutanasia; describieron casos prácticos e incluso familiares, que dan cuenta de la agonía y el padecimiento por parte del paciente, pero también sobre el sufrimiento de la familia cercana; los problemas de los costos asociados a los tratamientos paliativos necesarios, para concluir que desde el punto de vista de la dignidad del paciente es esencial que se legisle a favor de la eutanasia y de su derecho a la autonomía y decidir sobre su cuerpo.
Desde el punto de vista jurídico, el profesor investigador de la Universidad Pedro de Valdivia expuso sobre la realidad jurídica en lo referente a los Proyectos de Ley en tramitación; lo dispuesto por la Constitución Política de Chile del año 1980, en orden a que las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos y que el Estado está al servicio de la persona humana siendo su finalidad promover el bien común y la mayor realización espiritual y material posible, destacando la garantía constitucional que reconoce el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona.
Agregó que el mensaje de la Ley 20.584 sobre esta materia recalca la dignidad de la persona humana y su libertad de elegir. Sin embargo, cuestionó que la propia Ley parece olvidar la dignidad y su vinculación con la libertad al establecer que, en el evento de una enfermedad terminal, solo podemos optar por rechazar aquellos tratamientos médicos que prolongan artificialmente nuestra vida; pero se nos prohíbe cualquier tratamiento que implique acelerar artificialmente la muerte, prohibiendo expresamente realización de prácticas eutanásicas o el auxilio al suicidio.
Por su parte, el Proyecto de Ley del actual Gobierno, con fecha 27 de marzo de 2019, sobre “Reconocimiento y Protección de los Derechos de las Personas con Enfermedades Terminales y el Buen Morir”, también establece la protección de la dignidad y autonomía de las personas en situación de enfermedad terminal, respetando su vida y considerando la muerte como un proceso natural. Pero en su contenido, y en el contexto de los cuidados paliativos, el proyecto también prohíbe la aceleración de la muerte y las prácticas eutanásicas.
En conclusión, pareciera que el legislador, en los cuerpos legales citados, parece no entender ni el alcance jurídico ni el significado filosófico de los conceptos de dignidad y libertad de la persona humana, concluyó.
Si la explicación a lo anterior recae en la vanidad intelectual, política o filosófica de algunos, entonces estamos lejos de lograr una solución al tema de la eutanasia. Al respecto, uno de los proyectos pendientes en el Congreso desde agosto de 2018 señala: “No hay mayor tiranía que aquella que prolonga innecesariamente una larga y dolorosa agonía en razón de que el término de la vida del agonizante que sufre, entre en contradicción con las concepciones personales de otro”.