En el marco de las medidas de cuarentena y distanciamiento físico mantenidas por la autoridad sanitaria producto de la pandemia Covid-19, se hace necesario actualizar el protocolo de funcionamiento de la docencia virtual, con el objetivo de resguardar el desarrollo de las actividades académicas para este segundo semestre 2020.

El presente protocolo expone los lineamientos de funcionamiento de la docencia virtual a desarrollarse en nuestra plataforma “Aula Virtual UPV”, los que regirán a nivel nacional, a partir del lunes 10 de agosto del año en curso.

1. Las actividades teóricas se seguirán desarrollando bajo una modalidad virtual, a través de la plataforma Institucional, de acuerdo a las fechas de inicio del segundo semestre, establecidas en el Calendario Académico 2020, que a continuación se indican:

  • Sedes Antofagasta, La Serena y Chillán: Lunes 10 de agosto.
  • Sede Santiago: Lunes 17 de agosto.

Para el caso de las actividades teórico-prácticas, la parte teórica se desarrollará en modalidad virtual, quedando las actividades prácticas a realizar en forma presencial cuando la autoridad sanitaria lo permita.

Para la realización de las Prácticas e Internados, se considerará un período estival, con fecha estimada de inicio octubre 2020 hasta marzo de 2021, considerando de forma secuencial el desarrollo y evaluación de las actividades pendientes 2020-1, para luego realizar las correspondientes al período de evaluación 2020-2.

2. Se mantiene la medida de dejar sin efecto el requisito de asistencia mínima para las actividades teóricas que se desarrollen en un contexto virtual, indicadas en el numeral 1 del presente protocolo. Se entiende que tanto estudiantes como docentes pueden tener problemas de conexión, así como también, deberán enfrentar situaciones propias del aislamiento obligatorio, producto de las medidas de cuarentena establecidas por el gobierno. Por lo tanto, no se debe asociar evaluaciones con la exigencia de asistencia/participación a clases/sesiones.

3. Las clases/sesiones en modalidad sincrónica (en tiempo real), deben desarrollarse desde la plataforma educativa oficial, a través de la aplicación Zoom. Su uso obligatorio para todos los docentes, regirá a partir del día lunes 24 de agosto. Durante el período de puesta en marcha, se debe procurar que toda actividad realizada por los docentes, a través de aplicaciones externas, estén vinculadas a los registros audiovisuales en el Aula Virtual, para asegurar el acceso a-sincrónico por parte los estudiantes.

4. Las clases/sesiones, a partir del día 10 de agosto en regiones y 17 del mismo en mes en Santiago, deben desarrollarse de acuerdo al horario semanal programado por cada carrera-sede, a nivel nacional. Es responsabilidad de cada unidad académica y docente informar previamente el horario de clases a los estudiantes. De esta manera, los estudiantes podrán anticiparse a la conectividad necesaria para dicha sesión. Además, se sugiere que las evaluaciones no sólo impliquen evaluaciones sincrónicas (en tiempo real), sino también videos, audios, ensayos, trabajos en grupo, entre otros; es decir, actividades que no requieran 100% de conectividad sincrónica.

5. En caso que el docente presente problemas para la realización de la clase/sesión en el horario normal programado, la unidad académica debe procurar su reprogramación bajo el conducto regular establecido, avisando con la debida antelación a los estudiantes de la asignatura. Cabe señalar, que la Dirección General de Docencia, realizará a partir del 21 de agosto del presente año, la supervisión nacional de las clases o sesiones sincrónicas que se desarrollen en la plataforma virtual, reportando a cada unidad académica, el nivel efectivo de las actividades realizadas en base a lo planificado.

6. La comunicación entre estudiantes y docentes se seguirán realizando a través de los medios formales: correo electrónico y Aula Virtual. Se prohíbe el contacto vía redes sociales (pueden ser potenciales focos de acoso, ciberbullying, funas virtuales, entre otros). Frente a situaciones de este tipo, se debe seguir el protocolo y canales de atención establecidos en nuestra Aula Virtual de Autocuidado y Convivencia Virtual disponible en nuestra plataforma virtual Institucional.

7. Las fechas de evaluaciones deben ser fijadas con antelación. Debido a la intermitencia de las conexiones a internet, se solicita fijar hora y día de evaluaciones con la debida antelación y conocimiento de los estudiantes por los canales oficiales. Los docentes son responsables de informar a los estudiantes de los resultados de las evaluaciones, en un plazo de 10 días hábiles, conforme al art. Nº18 del Reglamento General de Evaluación.

8. En caso de problemas de asistencia por parte de un/a estudiante a una evaluación sincrónica (en tiempo real), se debe garantizar una actividad alternativa para recuperar dicha evaluación, previa validación por parte de la unidad académica.

9. El registro de calificaciones debe ser efectuado directamente en el sistema UMAS Académico, de acuerdo a los procedimientos establecidos para estos efectos. Las asignaturas teórico-prácticas, período 2020-1, con calificación práctica pendiente, quedarán abiertas hasta la realización de la (s) evaluación (es) correspondiente (s). Consignadas todas las evaluaciones, se procederá al cierre del Acta de la asignatura.

10. Con la finalidad de mantener la calidad de la enseñanza, se aplicará la normativa establecida de manera estricta en eventuales casos de plagio o copia en evaluaciones planificadas bajo esta modalidad.

11. Toda medida excepcional de orden académico, debe ser presentada a la Vicerrectoría Académica para su sancionamiento final. Lo anterior para resguardar el debido respaldo Institucional de las acciones que se ejecutan en este contexto.

Les saluda con especial atención,

 

Dra. Carmen Bonnefoy Dibarrart

Vicerrectora Académica

Vicerrectora de Aseguramiento de la Calidad (i)

Universidad Pedro de Valdivia